Justo a las 16.30 horas de este lunes terminó la espera. Los jefes de bancada de los partidos que componen Chile Vamos fueron ingresando uno a uno a la oficina de partes de la Cámara de Diputados y Diputadas. Andrés Longton por RN; Jorge Alessandri por la UDI; y Francisco Undurraga por Evópoli, ingresaron la Acusación Constitucional contra la ahora exministra de Justicia, Marcela Ríos.
El diputado Andrés Longton destacó la coordinación clara que existe entre los partidos de Chile Vamos, para luego explicar el por qué de la Acusación Constitucional: «Está la evidencia suficiente de que acá hay una ilegalidad y una inconstitucionalidad clara respecto al otorgamiento -primero- de los indultos y segundo, respecto a los beneficios penitenciarios otorgados en la macrozona sur».
Añadiendo que la gravedad en los indultos está en que “se otorgaron infringiendo la ley en siete indultos. Es decir, se dejó en libertad a personas que tenían un prontuario considerable, que han cometido graves delitos y se dejó expuesta a la ciudadanía producto, precisamente, de que no se consideraron los antecedentes como hoy reconoce abiertamente la ministra Vallejo. Por lo tanto, la negligencia, la peligrosidad de esa decisión, hoy deja absolutamente al descubierto a un país completo que debe pagar las consecuencias de esta decisión mal tomada por el Presidente y por la ministra de Justicia (Marcela Ríos), que tiene la obligación de asesorar legalmente en materia de indultos, y también tiene la obligación de emitir de manera legal y conforme a derecho, los decretos que fueron mal emitidos respecto a su fundamentación”.
El diputado y Secretario General de RN, Diego Schalper, precisó que “nuestra convicción es que acá Chile Vamos lo que hace es dejar de manifiesto de que en Chile no se puede obrar mal de manera impune. Y aquí el Gobierno está obrando mal, no está haciendo las cosas bien, y nuestro deber es que se asuman las responsabilidades políticas”.
Así mismo dijo que “llama la atención el Presidente de la República en esta pasada. Un Presidente que habla de desprolijidades, un Presidente que calificó hace poco que no eran delincuentes. Presidente, llegó el minuto de que usted se haga cargo de las cosas que dice. Usted no es un comentarista de la realidad. Hoy día estamos avanzando con la exministra Ríos, pero quiero ser muy claro, no hemos cerrado el capítulo respecto de otras cosas. Hoy día es la exministra Ríos, pero cada día tiene su afán”.
Sobre el libelo
Los dos capítulos del libelo: El primer capítulo acusatorio contra Ríos, da cuenta de la «responsabilidad constitucional de la exministra de Justicia y Derechos Humanos, Sra. Marcela Ríos Tobar, por infracción al artículo 6 de la Ley N°18.050, que fija normas generales para conceder indultos particulares, en relación con el artículo 4 de la misma Ley, al otorgar indulto al Sr. Jorge Mateluna Rojas y a otros seis indultados que cumplían condena por hechos delictivos circunscritos al denominado «estallido social'». A lo largo de dicho apartado se relata además a «cómo es que la liberación de personas imputadas y condenadas por hechos delictivos, especialmente por aquellos ocurridos en el marco del ‘estallido social’ de 2019, se transformó en una suerte de compromiso e interés por parte de S.E. el Presidente de la República, su Gabinete Ministerial y en general por la coalición oficialista. Este compromiso permite entender cómo es que se incurre en una actuación ilegal que redunda en la liberación de personas condenadas por la Justicia». Aludiendo a una visita del ahora Presidente Gabriel Boric al Penal Santiago 1 en 2021, la urgencia suma en marzo de 2022 a un proyecto sobre indultos y el retiro de 139 querellas. «Así lo dicho, resulta evidente que el indulto concedido entre los días 29 y 30 de diciembre es expresión de este compromiso ideológico, y a la postre material, con la impunidad de personas que han cometido graves delitos y crímenes», agregan.
El segundo capítulo, en tanto, da cuenta de la «falta de control jerárquico de la ex ministra de Justicia y Derechos Humanos en el otorgamiento de beneficios penitenciarios y traslados por parte de Gendarmería de Chile a ciertos presos de la macrozona sur contra lo que establece el ordenamiento jurídico vigente».